Recientemente, un lector interesado en llevar a su hija al colegio en moto nos trasladaba la siguiente pregunta: ¿Los niños menores de 12 años pueden viajar como pasajeros en las motocicletas? Sin duda, se trata de una cuestión que suele generar dudas y que conviene explicar para que los desplazamientos se realicen de forma segura y, no menos importante, se eviten multas y sanciones por incumplimiento de la normativa de circulación.
¿A qué edad pueden viajar los niños como pasajeros en una moto?
En lo referente a qué edad pueden viajar los niños como pasajeros en una moto, encontramos la respuesta en el artículo 12 del Reglamento General de Circulación:
«En los ciclomotores y en las motocicletas, además del conductor y, en su caso, del ocupante del sidecar de estas últimas, puede viajar, siempre que así conste en su licencia o permiso de circulación, un pasajero que sea mayor de 12 años, utilice casco de protección y cumpla las siguientes condiciones:
- Que vaya a horcajadas y con los pies apoyados en los reposapiés laterales.
- Que utilice el asiento correspondiente detrás del conductor.
Además, el pasajero no podrá situarse, en ningún caso, entre la persona que conduce y el manillar de dirección del ciclomotor o motocicleta».
Así pues, como norma general, para que un niño viaje como acompañante en una moto debe ser mayor de 12 años.
¿Los niños menores de 12 años pueden viajar como pasajeros en las motocicletas?
Sí. Los niños menores de 12 años pueden viajar como pasajeros en las motocicletas. Al respecto, el Reglamento General de Circulación señala que «excepcionalmente, los mayores de siete años podrán circular en motocicletas o ciclomotores conducidos por su padre, madre o tutor, o por personas mayores de edad por ellos autorizadas, siempre que utilicen casco homologado y se cumplan las prescripciones del apartado anterior».
Multas por llevar a un niño en moto
Ya sean mayores o menores de 12 años, al desplazarse con niños en moto es esencial cumplir lo dispuesto en la normativa de circulación para que viajen seguros y evitar una multa de 200 euros si se comete alguna de estas infracciones:
- Llevar a un menor sin la edad mínima exigida.
- Transportar a un menor sin casco homologado.
- Desplazarse con un menor que no llegue a los reposapiés o no utilice un asiento homologado.
- Circular con una moto no homologada para dos personas.
- Viajar tres personas en la moto.
Además, en el supuesto de que el menor no haga uso de un casco de motorista homologado, el conductor se arriesga a perder 4 puntos del carnet de conducir.
Bibliografía
Ministerio de la Presidencia (2003). Reglamento General de Circulación. Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre.
23 de abril de 2026. Texto y fotos: Revista Tu Moto.

